ANÁLISIS DE LA NOM-247-SE-2021 “PRÁCTICAS COMERCIALES – REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN COMERCIAL Y LA PUBLICIDAD DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y ELEMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS CONTRATOS RELACIONADOS”

ANÁLISIS DE LA NOM-247-SE-2021 “PRÁCTICAS COMERCIALES – REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN COMERCIAL Y LA PUBLICIDAD DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y ELEMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS CONTRATOS RELACIONADOS”

PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE MARZO DE 2022

COMERCIALIZACIÓN CASAS HABITACIÓN
  • Esta NOM establece los requisitos informativos para la comercialización de bienes inmuebles destinados a casa habitación, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos de compraventa de dichos bienes inmuebles. Tiene como finalidad garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores.
  • Es aplicable únicamente a los proveedores que sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación.
  • La presente NOM es de observancia general y obligatoria para todas las personas físicas o morales que se dediquen, directa o indirectamente, a comercializar inmuebles destinados a casa habitación en la República Mexicana.

NOM 247 SE 2021